- A
- Acceso al mercado
- Expresión que se refiere a las condiciones en que las importaciones compiten con sustitutos producidos en el país. Tales condiciones son determinadas por la medida en que los productos extranjeros estén sujetos a impuestos o a otros mecanismos de regulación discriminatorios.
- ACP
- Grupo de países de África, el Caribe y el Pacífico que gozan de los beneficios de un tratamiento arancelario preferencial en la Comunidad Europea (CE) en virtud de la Convención de Lomé.
- Acuerdo de Cotonú
- Acuerdo de mutua asociación suscrito por la Unión Europea (UE) y el grupo de países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) en junio de 2000 en Cotonú, Benin. Reemplaza a la Convención de Lomé. Su principal objetivo es la reducción de la pobreza, “que ha de lograrse a través del diálogo político, la ayuda para el desarrollo y una cooperación económica y comercial más estrecha”.
- Acuerdo de Lomé
- Acuerdo mutuamente celebrado por la UE y los países ACP sobre concesiones comerciales —trato en el marco del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)—, ayuda para el desarrollo y cooperación general. Fue sustituido en el año 2000 por el Acuerdo de Cotonú.
- Acuerdo Multifibras (AMF)
- "Acuerdo referente al comercio internacional de productos textiles”, negociado en 1973 como excepción temporal al régimen del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). Regula el comercio de determinados productos textiles entre los signatarios mediante cuotas bilaterales negociadas. Fue sustituido en 1995 por el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en que se dispuso la supresión de todas las cuotas a más tardar en 2005, lo que en efecto se estableció el 1 de enero de 2005.
- Acuerdo de limitación voluntaria
- Véase Limitación voluntaria de las exportaciones.
- Adhesión
- Acto del Gobierno de un país por el cual este pasa a ser miembro de la OMC. Como parte del proceso de adhesión a la OMC, de conformidad con el Artículo XII, el Gobierno que desea ingresar negocia con los miembros de la OMC concesiones y compromisos relativos al acceso al mercado de bienes y servicios.
- AGOA (Ley sobre Crecimiento y Oportunidades para África)
- Ley de Estados Unidos que proporciona acceso libre de derechos a numerosos productos de 35 economías africanas.
- Agregado
- Véase Agregado de productos.
- Agregado de productos
- Grupo de productos definido con fines de análisis (por ejemplo, todos los productos textiles). El programa informático Solución Comercial Integrada Mundial (WITS, por sus siglas en inglés) aporta un conjunto de agregados predefinidos, y el usuario puede crear los suyos.
- Ajuste fiscal en frontera
- Medidas fiscales encaminadas a compensar, total o parcialmente, el trato diferente que se da ya sea a las importaciones en relación con productos nacionales similares, o a las exportaciones en relación con productos similares vendidos en el mercado interno. Por ejemplo, los reintegros de impuestos indirectos internos sobre los bienes destinados a la exportación, o los cargos sobre las importaciones similares a los impuestos establecidos sobre productos internos similares. Véase también Reintegro de derechos.
- Análisis de equilibrio parcial
- Consiste en el estudio de un mercado considerado de manera aislada, suponiendo que nada de lo que en él ocurre afecta de manera significativa a ningún otro mercado. SMART y GSIM son dos herramientas de equilibrio parcial incluidas en WITS.
- Arancel
- Véase Derecho de aduana.
- Arancel compuesto
- Es una combinación de un derecho ad valorem al que se agrega o al que se resta un derecho específico, por ejemplo: 10 % más US$2,00/kg o 20 % menos US$2,00/kg.
- Arancel específico
- Es un derecho de aduana que no está relacionado con el valor de los bienes importados, sino con factores, tales como el peso, la cantidad o la superficie de los bienes. El derecho específico estipula cuántas unidades de moneda deben ser recaudadas por unidad de cantidad (por ejemplo: 2,00 francos suizos por kg).
- Arancel externo común
- Un arancel uniforme adoptado por una unión aduanera (por ejemplo las Comunidades Europeas) para que se aplique a las importaciones que ingresen en una región de países no pertenecientes a la unión.
- Arancel general
- Los aranceles generales son los derechos de aduana que se aplican en algunos países a países asociados que no sean miembros de la OMC. En general, son más altos que los aranceles NMF (nación más favorecida).
- (Arancel) medio
- Un arancel medio representa el nivel promedio de protección arancelaria nominal. Hay dos tipos de promedios arancelarios: un promedio simple y un promedio ponderado en función del comercio. El siguiente ejemplo ilustra cómo se calculan ambos tipos de promedios arancelarios.
Número de línea arancelaria
Tasa arancelaria
Valor de la importación
Derechos recaudados
0101.11.10
50%
10
5
0101.11.90
10%
100
10
0101.19.10
0%
1000
0
0101.19.90
20%
100
20
Total
80%
1210
35
- Arancelización
- Procedimiento que consiste en la conversión en derechos de aduanas de todas las medidas en frontera no arancelarias, con excepción de los derechos de aduana ordinarios. Como parte de las negociaciones de la Ronda Uruguay sobre el acceso a los mercados de productos agropecuarios, todas las medidas en frontera no arancelarias fueron “arancelizadas” por los participantes antes de que se dispusiera una reducción de los aranceles.
- Arancelizado
- Véase Arancelización.
- Asociado
- Asociado
- B
- Base arancelaria
- Término usado en el contexto de las negociaciones de la OMC. Es un concepto utilizado en el proceso de reducción de los aranceles. La base arancelaria, una vez estrechada mediante el uso de una fórmula de reducción de aranceles, se convierte en la nueva estructura de aranceles consolidados.
- Base de Datos Estadísticos sobre el Comercio de Mercaderías de la División de Estadística de las Naciones Unidas (Comtrade)
- Contiene información sobre los flujos de comercio (importación, exportación, reexportación) basada en las nomenclaturas de la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI) y del Sistema Armonizado (SA).
- Base Integrada de Datos (BID) de la OMC
- Contiene, en un formato estandarizado, información arancelaria anual (aranceles NMF aplicados y consolidados vigentes) y estadísticas sobre la importación de bienes a nivel de líneas arancelarias nacionales.
- BID
- Véase Base Integrada de Datos de la OMC
- Bienestar de los consumidores
- Consiste en la satisfacción que ocasiona a los consumidores el consumo de bienes y servicios. Si bien no puede medirse directamente, los economistas suelen usar el ingreso real o el poder adquisitivo como una manera de medir el bienestar en términos monetarios. El modelo SMART (incluido en WITS) no estima de manera directa el bienestar de los consumidores, pero la variación del bienestar incluye la variación del superávit del consumidor después de una reducción de los aranceles.
- C
- Capacidad comercial
- La aptitud (capacidad) de un país, en la esfera de la oferta, de aprovechar las oportunidades ofrecidas por el mercado mundial y del trato NMF o el acceso preferencial a los mercados.
- Capítulo
- Subcategoría de primer nivel (código de 2 dígitos) usada en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA).
- Capítulos
- La NCCA y el SA son nomenclaturas estructuradas. Los dos primeros dígitos de los números de la NCCA y del SA representan el nivel de los capítulos. La NCCA comprende 99 capítulos y el SA 97 capítulos. El capítulo 77 del SA no se usa actualmente.
- Categoría (de productos)
- Las categorías de productos se definen en forma ad hoc para compilar informes resumidos por sectores, etapas de procesamiento, etc. En general, dichas categorías se definen en términos de las partidas de 4 dígitos de la NCCA o en términos de los grupos de 6 dígitos del SA.
- Clasificación
- Véase Nomenclatura.
- Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI)
- La CUCI es una clasificación elaborada por las Naciones Unidas (ONU) para la realización de análisis estadísticos de datos del comercio. En ella, los artículos se agrupan por clases de bienes —por ejemplo alimentos, materias primas, productos químicos, maquinarias y equipos de transporte— y también por etapas de fabricación y por origen industrial. La CUCI fue revisada por primera vez en 1960 (Revisión 1) para armonizarla con la nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (CCA). En 1972, se dispuso una segunda revisión para armonizar la clasificación con la versión revisada de la nomenclatura del CCA. En 1985, se dispuso la tercera revisión, para ajustarla con el Sistema Armonizado (SA).
- Cláusula de habilitación
- Decisión adoptada por el GATT en 1971 sobre “Trato diferenciado y más favorable, reciprocidad y mayor participación de los países en desarrollo”. Constituye uno de los acuerdos relativos al marco jurídico, y permite a los miembros de la OMC, no obstante las disposiciones antidiscriminatorias “conceder un trato diferenciado y más favorable a los países en desarrollo, sin conceder dicho trato a las otras partes contratantes”. Véase también Sistema Generalizado de Preferencias.
- Cláusula de salvaguardia
- Cláusula de un texto legal que permite la derogación temporal de sus disposiciones en ciertas condiciones de emergencia que se especifican. Véase también Medidas de salvaguardia (Artículo XIX del GATT).
- Cobertura de consolidación
- Medida estadística definida como el número de líneas arancelarias consolidadas dividido por el número total de líneas arancelarias.
- Código de un producto
- Código normalizado para identificar a un producto.
- Comercio intrasectorial
- Modalidad de comercio en que un país exporta e importa productos que son clasificados como pertenecientes a un mismo sector.
- Compromiso en materia de precios
- Compromiso que contrae un exportador ya sea de aumentar los precios o reducir las ventas en un mercado con el fin de resolver un litigio antidumping promovido por empresas nacionales cuyos productos compiten con los importados. En general, tiene un efecto similar al de una cuota.
- Comtrade de las Naciones Unidas (ONU)
- Véase Base de Datos Estadísticos sobre el Comercio de Mercaderías de la División de Estadísticas de las Naciones Unidas.
- Concesión
- Un acuerdo de reducción de aranceles, consolidación de aranceles u otro tipo de acuerdo destinado a reducir las limitaciones a las importaciones, generalmente celebrado a través de negociaciones, a cambio de concesiones otorgadas por otras partes.
- Concordancia
- Cuadro en que se establece una relación entre dos nomenclaturas diferentes, ítem por ítem.
- Conglomerados
- En WITS, este término se refiere a todas las categorías de productos correspondientes a determinado nivel de detalle (o estrato). En WITS la elección del conglomerado se utiliza para seleccionar mediante un solo clic muchas categorías de productos del mismo nivel.
- Consolidación
- Véase Consolidación arancelaria.
- Consolidación arancelaria
- En el contexto del GATT, el compromiso de los países de no aumentar un derecho de aduana por encima de un nivel específico o convenido. También se refiere a las consolidaciones arancelarias máximas. La así llamada lista de concesiones arancelarias de cada miembro de la OMC se encuentra anexa a su Protocolo de Adhesión. Véase también Consolidación arancelaria máxima.
- Consolidación arancelaria máxima
- Una consolidación arancelaria es “de un nivel máximo” si el arancel aplicado es menor que el arancel consolidado. El ejemplo siguiente ilustra la diferencia entre consolidaciones máximas y consolidaciones al nivel “vigente”. Véase también Excedente de consolidación.
- Contenido nacional
- Véase Contenido.
- Contenido, nacional o local
- Reglamentos que especifican la proporción mínima (por valor o cantidad) de un producto que debe producirse nacional o localmente para obtener un beneficio (por ejemplo: una concesión arancelaria o un permiso de oferta para la venta).
- Conversión hacia delante
- Consiste en la conversión de información procedente de determinada nomenclatura a una nueva nomenclatura. En general es menos precisa (que la conversión hacia atrás), porque la nomenclatura de destino comprende más líneas y requiere una ampliación de la estructura de productos.
- Conversión hacia atrás
- Consiste en convertir información de determinada nomenclatura en una más antigua. La conversión hacia atrás en general es más segura (que la conversión hacia delante), porque la nomenclatura de destino está formada por menos líneas. La conversión consiste, mayormente, en la agregación de líneas y la reducción de la estructura de productos.
- Costo, seguro y flete (CIF)
- El costo de un producto entregado en el puerto del país de importación.
- Creación de comercio
- Tiene lugar cuando la liberalización genera importaciones que desplazan a una producción local menos eficiente y/o a una expansión del consumo anteriormente imposibilitada por precios artificialmente elevados debido a medidas de protección.
- Crestas
- Véase Crestas arancelarias.
- Crestas arancelarias
- Aranceles que son excepcionalmente altos. Se utilizan dos medidas:
- Crestas arancelarias internacionales: aranceles superiores al 15 %.
- Crestas arancelarias nacionales: aranceles superiores al triple de la estructura arancelaria.
- Cuadrilateral
- Término que se refiere a los participantes en las reuniones cuadrilaterales, por ejemplo: Canadá, Estados Unidos, Japón, y la Unión Europea.
- CUCI
- Véase Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional.
- Cuota
- Véase Restricción cuantitativa.
- Contingentes arancelarios
- Medida conforme a la cual un producto está sujeto a un arancel NMF pero se admite que a cierta cantidad (el ‘contingente’) se le aplique un arancel menor, en algunos casos de 0 %. Los contingentes arancelarios se aplican principalmente al comercio de productos agrícolas y pueden ser estacionales.
- D
- Datos de protección
- Toda la información relacionada con el acceso a los mercados, incluida especialmente la referente a obstáculos arancelarios y no arancelarios.
- Datos “espejo”
- Se utilizan para generar datos correspondientes a flujos comerciales no declarados en relación con lo declarado por todos los demás países. Por ejemplo, si se carece de información sobre las importaciones bilaterales de un determinado país, esos datos pueden volver a generarse usando información sobre las exportaciones declaradas por el asociado comercial bilateral de dicho país.
- Declarante
- País que suministra datos.
- Definición de la base arancelaria
- Término usado en el contexto de las negociaciones de la OMC, mediante el cual se describe el procedimiento de determinación de la base arancelaria antes de aplicar la fórmula de reducción de aranceles.
- Degresividad
- Mecanismo destinado a asegurar que la aplicación de una medida se vaya haciendo menos rigurosa a lo largo del tiempo. Por ejemplo: un arancel fijado en 50 % que se reduce a razón de 10 puntos porcentuales cada año y llega a ser 0 % en el quinto año.
- Derecho ad valorem
- Un derecho ad valorem (arancel, cargo, etc.) se basa en el valor del artículo sujeto a derechos de aduana y se expresa en porcentaje, por ejemplo: un derecho del 20 % sobre el valor de los automóviles.
- Derecho autónomo
- Véase Derecho estatutario.
- Derecho compensatorio
- Gravamen aplicado a la importación de bienes que hayan recibido subvenciones a la producción o a la exportación. Está destinado a compensar el efecto de una subvención.
- Derechos de aduana
- Cargos aplicados a las importaciones e incluidos en los programas arancelarios nacionales. Pueden ser específicos, ad valorem o una combinación de ambas modalidades (derecho ad valorem con un mínimo específico, o el mayor de ambos).
- Derecho efectivamente aplicado
- Un derecho de aduana que es inferior al derecho fijado por ley (derecho estatutario). Puede aplicarse a un periodo indeterminado o limitado (derecho temporal). Los derechos efectivamente aplicados pueden ser a veces establecidos por el Parlamento o establecidos y puestos en vigencia por un Gobierno debido a razones económicas.
- Derecho estatutario
- En general, los derechos de aduana son establecidos por una Ley de Aranceles Aduaneros sancionada por el Parlamento. También se les da el nombre de derechos aduaneros autónomos o legales. En el arancel aduanero promulgado en general se enuncia el contenido del derecho estatutario. En los países miembros de la OMC, ese derecho no puede superar el nivel del derecho consolidado del GATT.
- Derechos aduaneros no consolidados
- La tasa de un derecho aduanero no está consolidada si nunca estuvo sujeta a una concesión arancelaria durante ninguna ronda de negociaciones del GATT sobre aranceles (véase Consolidación arancelaria).
- Desglose
- Se usa en WITS cuando una región (un grupo de países) se utiliza para producir información individual para todos y cada uno de los países pertenecientes a esa región.
- Desmantelamiento
- Eliminación paulatina de medidas incompatibles con las disposiciones de un acuerdo.
- Desviación de comercio
- Tiene lugar cuando una reforma del comercio discrimina entre diferentes asociados comerciales y una fuente menos eficiente (de costos más elevados) desplaza a una más eficiente (de costos más bajos). Puede producirse cada vez que se liberan los obstáculos para algunos proveedores preferenciales, pero no para otros proveedores.
- Dispersión (arancelaria)
-
En general se analiza compilando perfiles arancelarios, los cuales muestran una distribución de líneas arancelarias conforme a gamas de derechos, a saber:
MFN RANGE TARIFF LINES NUMBER % CUMULATIVE Total 8637 100 100 Duty-free 1780 21 21 0.1 - 5.0% 2087 24 45 5.1 - 10.0% 1929 22 67 10.1 - 15.0% 850 10 77 15.1 - 35.0% 1349 16 93 Over 35% 642 7 100
Los perfiles del comercio muestran, en forma similar, una distribución de las importaciones por gamas de derechos.
- División
- Subcategoría de segundo nivel (código de 2 dígitos) usada en la nomenclatura de la CUCI.
- Dumping
- Una forma de discriminación en materia de precios, en virtud de la cual se permite que el precio del producto exportado de un país a otro sea menor que el precio comparable, en el curso de operaciones comerciales normales –es decir incluidos costos de transporte y costos conexos— de un producto similar destinado al consumo en el país exportador (Artículo VI del GATT). También se define como la realización de ventas a un precio inferior al costo de producción estimado. El margen de dumping es la diferencia entre los dos precios.
- E
- EBA
- Véase Iniciativa “Todo menos armas”.
- Enfoque basado en una fórmula
- Método de negociación de reducción de aranceles u otros obstáculos al comercio mediante la aplicación de una regla (fórmula) general. Por ejemplo, una regla que especifique que todos los aranceles deben reducirse a cierta fracción de su nivel inicial, o que un acuerdo debe abarcar cierta proporción de la actividad económica (sectores).
- Equivalente arancelario
- Medida del efecto protector de un ONA, el arancel que tendría el mismo efecto en las importaciones que los ONA.
- Equivalente ad valorem (EAV)
- Es el equivalente, en porcentaje, de un derecho específico, mixto, compuesto, u otro derecho que contenga un elemento específico. Se calcula, para cada derecho no ad valorem, a partir del importe real cobrado del derecho o del valor unitario de la importación. Por ejemplo, el EAV de un derecho específico de US$1,00 por kg aplicado a un producto con un valor unitario de US$10,00 por kg equivale al 10 % (US$1,00/US$10,00).
- Estándares
- Normas, reglamentos o procedimientos en que se especifican características que debe cumplir un producto (por ejemplo: dimensiones, calidad, desempeño o seguridad). Cuando estos ponen a los productores extranjeros en condiciones desfavorables pueden constituir un obstáculo no arancelario. Véase también Obstáculos técnicos al comercio.
- Estrato
- Nivel jerárquico de la organización dentro de determinada nomenclatura. Por ejemplo, la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA) está formada por tres estratos: capítulos (código de 2 dígitos), partidas (4 dígitos) y subpartidas (6 dígitos). A un mayor número de dígitos, existen más categorías y detalles.
- Etapas de procesamiento
- A los efectos del análisis de la progresividad arancelaria los productos se clasifican de acuerdo con su etapa de procesamiento. Pueden clasificarse, en general, de acuerdo con tres etapas: materias primas, bienes semimanufacturados y productos terminados.
- Etapas de reducción
- En algunos casos, las concesiones ofrecidas en las negociaciones del GATT se escalonan a lo largo de un periodo de varios años antes de que la concesión se aplique completamente. Por ejemplo, se puede ofrecer una reducción de derechos de 10 puntos porcentuales a lo largo de cinco años, con cinco etapas iguales de 2 puntos porcentuales cada año.
- Etiquetado
- Requisito, ya sea obligatorio o voluntario, dirigido a especificar si un producto cumple ciertas condiciones relativas al proceso que se siguió para producirlo.
- Excedente de consolidación
- Término que suele usarse para describir una situación en que existe una gran diferencia entre el arancel realmente aplicado (arancel NMF aplicado) y el nivel al que el arancel esté consolidado en el GATT (el ‘nivel máximo’).
- Exención
- Autorización del incumplimiento de una obligación asumida con anterioridad y jurídicamente vinculante. Puede ser solicitada por los países miembros de la OMC invocando el Artículo IX de dicha organización. Las condiciones para otorgar las exenciones, generalmente, se negocian y están sujetas a un plazo.
- F
- Franco a bordo (FOB)
- Precio de un producto importado que incluye el valor del producto y los costos vinculados con la carga del mismo en un barco o avión, pero que no incluye los costos de transporte internacional (fletes), seguros y pagos por otros servicios prestados para el traslado del producto al punto de consumo final.
- Fuente de datos
- En WITS, se refiere a la base de datos que se usa para recuperar información.
- G
- GATT
- Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
- Graduación
- Concepto en virtud del cual se vinculan los derechos y obligaciones de un país en desarrollo con su nivel de desarrollo. A él se hace referencia en el Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC. En general, se usa en el contexto del SGP y de tipos similares de tratamiento preferencial de los países de bajo ingreso como un mecanismo o un conjunto de criterios para determinar si los productos de un país han progresado lo suficiente como para no necesitar trato preferencial.
- Grupo
- Subcategoría de tercer nivel (código de 3 dígitos) usada en la nomenclatura de la CUCI.
- Grupo de Cairns
- Grupo de países en desarrollo e industrializados que exportan productos agropecuarios, que se formó justo antes del inicio de la Ronda Uruguay con el objetivo de negociar medidas multilaterales más fuertes sobre las políticas relacionadas con el comercio de tales productos.
- Grupo de los Ocho (G-8)
- Está constituido por los países miembros del Grupo de los Siete (G-7), además de Rusia. Sus miembros se reúnen anualmente desde 1998, como una cumbre económica y política.
- Grupo de los Setenta y Siete (G-77)
- Coalición de países en desarrollo miembros de las Naciones Unidas, creada en 1964, al término del primer periodo de sesiones de la UNCTAD, con el propósito de articular y promover los intereses económicos colectivos de sus miembros y aumentar su capacidad de negociación. El grupo integrado inicialmente (en 2002) por 77 países, cuenta en la actualidad con 133 miembros.
- Grupo de los Siete (G-7)
- Grupo de los siete grandes países industrializados —Estados Unidos, Canadá, Japón, el Reino Unido, Francia, Alemania e Italia— cuyos jefes de Estado celebran anualmente, desde 1977, reuniones cumbre para debatir asuntos económicos y políticos.
- Grupo de los Veinte (G-20)
- Foro internacional de ministros de Finanzas y gobernadores de Bancos Centrales que representan a 19 países, además de la Unión Europea (UE). Fue creado en 1999 por el Grupo de los Siete con el fin de promover el debate, el estudio y el análisis de cuestiones normativas entre países industrializados y países con mercados emergentes para promover la estabilidad financiera internacional. El director gerente del FMI, el presidente del Banco Mundial y los presidentes del Comité Monetario y Financiero Internacional y del Comité para el Desarrollo del FMI y del Banco Mundial participan en las deliberaciones del G-20.
- Grupo de los Veinticuatro (G-24)
- Grupo intergubernamental de 24 países en desarrollo creado en 1971, cuyo objetivo es concertar la posición de tales países sobre temas monetarios y de financiamiento para el desarrollo. Es el único grupo de países en desarrollo formalmente constituido dentro del FMI y el Banco Mundial. Se reúne dos veces al año, antes de las Reuniones de Primavera y las Reuniones Anuales de ambas instituciones.
- Grupo de los Veintiuno (G-21)
- Bloque de países en desarrollo encabezado por Brasil, China e India, que surgió justo antes de la reunión de Cancún. Representa a la mitad de la población mundial y a dos tercios de los agricultores del mundo.
- GSIM
- Véase Modelo de simulación global.
- GTAP
- Proyecto de análisis del comercio mundial, con base en la Universidad de Purdue de Estados Unidos. Proporciona datos y modelos para un modelo de equilibrio general computable. Véase Equilibrio general computable.
- I
- Importaciones paralelas
- Actividad comercial que puede realizarse cuando un producto que es protegido en virtud de disposiciones sobre propiedad intelectual (patentes, derechos de propiedad intelectual) se vende en diferentes países a precios distintos. Una importación paralela comprende un procedimiento de arbitraje y se produce cuando los operadores importan el producto de un mercado en que el precio es menor a un país en que el precio es más alto.
- Impuesto al consumo
- Se conoce también como impuesto fiscal o derecho fiscal. Véase Impuesto fiscal.
- Impuesto fiscal
- Impuesto que se aplica a productos importados, así como a productos de producción nacional, para generar ingresos fiscales. No equivale, por lo tanto, a un derecho aduanero, porque no tiene efectos de protección. Los impuestos fiscales se incluyen en algunos casos en la categoría de derechos arancelarios aduaneros. En tales casos, el componente fiscal del derecho se deduce del derecho arancelario. En los archivos de aranceles de la Base Integrada de Datos (BID) solo se incluye el componente de protección del arancel.
- Iniciativa “Todo menos armas”
- Iniciativa de la Unión Europea iniciada en 2001 que concede el acceso en régimen de franquicia a los mercados de la UE a todos los productos originarios de los países menos adelantados.
- Inspección previa a la expedición
- Mecanismo en virtud del cual los productos son inspeccionados y certificados en el país de origen por compañías u organismos de inspección especializados. A menudo, es usado por los Gobiernos importadores para combatir la facturación excesiva o la facturación insuficiente de las importaciones al hacer que el valor de las consignaciones sea determinado por entidades extranjeras independientes.
- Integración comercial
- Proceso de reducción de los obstáculos al comercio y de creciente participación en la economía internacional a través del comercio. El término se usa también para describir los programas de integración de las políticas comerciales y de fortalecimiento de las instituciones relacionadas con el comercio en la estrategia de desarrollo general de un país.
- Integración profunda
- Cooperación intergubernamental para el diseño y la aplicación de políticas nacionales, como regulaciones tributarias, de salud y de seguridad, y las normas ambientales. Puede consistir en la armonización de políticas o el reconocimiento mutuo; en general, se da en el contexto de acuerdos regionales de integración.
- Integración superficial
- Reducción o eliminación de las medidas en frontera, en contraposición con la integración profunda.
- ISO
- Organización Internacional de Normalización.
- L
- LAN
- Véase Línea arancelaria nacional.
- Limitación voluntaria de las exportaciones
- Acuerdo informal entre un exportador y un importador por el cual el primero accede a restringir las exportaciones de un determinado bien para evitar perturbaciones en la industria y la posible imposición de restricciones obligatorias por parte del país importador. El acuerdo de limitación puede ser pactado a nivel de una industria o de un Gobierno. En este último caso se habla a veces de comercialización ordenada.
- Línea arancelaria nacional
- Los aranceles aduaneros nacionales contienen una lista de todos los productos que pueden ser importados. Dentro del arancel los productos se agrupan en función del material de que estén hechos o del sector productivo al que pertenezcan ya sea como insumos o materiales de producción (subpartidas de 6 dígitos del SA). Dentro de esos grupos de productos los aranceles contienen tantas líneas arancelarias como niveles de derechos de aduana existan. En otros términos, a cada tasa arancelaria le corresponde una línea arancelaria.
- Listas de aranceles consolidados de la OMC
- La Base de Datos de Listas Arancelarias Refundidas (LAR) contiene, en un formato estandarizado, las concesiones de todos los países miembros de la OMC (consolidaciones finales) respecto de los bienes aplicadas a nivel de líneas arancelarias nacionales. Esta base de datos fue establecida exclusivamente como un instrumento de trabajo, lo que no tiene repercusiones sobre la validez jurídica de la información que contiene.
- Lista negativa
- En un acuerdo internacional, es una lista de los artículos, entidades, productos, etc. a los que no se aplicará el acuerdo, porque el compromiso asumido por las partes consiste en aplicarlo a todos los demás. Es lo contrario de la Lista positiva.
- Lista positiva
- En un acuerdo internacional, es una lista de los artículos, entidades, productos, etc. a los que se aplicará el acuerdo, sin que sea obligatorio aplicar el acuerdo a otras cosas.
- M
- Margen
- En la terminología de la OMC, este término se usa algunas veces para indicar en qué medida cierto arancel supera la tasa consolidada.
- Margen de preferencia
- Diferencia entre el derecho de aduana pagadero conforme al trato NMF y el pagadero en el marco de un sistema de preferencias.
- Medidas de emergencia
- Véase Medidas de salvaguardia.
- Medidas de salvaguardia
- Protección de emergencia para salvaguardar a los productores nacionales de determinado producto de un aumento imprevisto de las importaciones (Artículo XIX del GATT), proteger su posición financiera externa o su balanza de pagos (Artículos XII y XVIII Sección B del GATT), o dar protección a un sector económico incipiente en un país en desarrollo (Artículo XVIII Sección A o Sección C del GATT). Véase también Cláusula de salvaguardia.
- Medidas no arancelarias
- Toda medida gubernamental que pueda afectar el valor, el volumen o la dirección del comercio. Véase también Obstáculos no arancelarios.
- Medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF)
- Requisitos técnicos en que se especifican criterios para garantizar la seguridad de los alimentos y la salud animal y vegetal. Muchos estándares internacionales de MSF son establecidos por la Organización de las Naciones unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).
- Medidas de control del comercio
- Véase Medidas no arancelarias.
- Nomenclature
- Véase Medidas no arancelarias.
- Modelo de simulación global
- Extensión del modelo SMART utilizada para simular el impacto del equilibrio parcial de las reducciones arancelarias en un entorno de varios mercados.
- Modelo genérico del proceso de producción estadística
- Véase Modelo de simulación global.
- Modelos de equilibrio general computable (CGE)
- Consisten en caracterizaciones matemáticas de la economía que se usan para predecir el impacto de los cambios de las políticas teniendo en cuenta tanto los efectos directos como indirectos que funcionan en los mercados laborales y otros.
- MPP
- Método de producción y procesamiento. Se utiliza en casos en que la aplicación de políticas comerciales por un país obedece al deseo de garantizar que los productos importados hayan sido producidos en observancia de normas nacionales o internacionales de producción o procesamiento. A menudo estas normas serán normas ambientales.
- MSF
- Véase Medidas sanitarias y fitosanitarias.
- Mundo
- Grupo de países utilizado en WITS para incluir a todos los países asociados en una sola fila de información.
- N
- Nación más favorecida (NMF)
- Expresión que designa al arancel ‘normal’, no discriminatorio, que se aplica a las importaciones de un determinado producto. En un contexto de diplomacia comercial, los exportadores buscan recibir el trato NMF, que es la promesa de que serán tratados de la misma forma que los exportadores más favorecidos. En Estados Unidos, se denomina Relaciones comerciales normales.
- Naturaleza de los derechos de aduana
- Se refiere a los diferentes tipos de derechos de aduana, los cuales pueden ser ad valorem, específicos, compuestos, mixtos, variables, “arancelizados” o no clasificados.
- NCM
- Véase Negociaciones comerciales multilaterales.
- Negociaciones comerciales multilaterales (NCM)
- Negociaciones comerciales entre los países miembros del GATT (ahora OMC) encaminadas a eliminar o reducir los obstáculos arancelarios y no arancelarios.
- Nivel de la línea arancelaria nacional
- Es el nivel más detallado de la información arancelaria de un país determinado. La lista de líneas arancelarias varía de un país a otro, por lo cual para comparar las estructuras arancelarias entre países, se utilizan nomenclaturas estándares (por ejemplo, el Sistema Armonizado). Véase también Línea arancelaria nacional.
- NMF
- Véase Nación más favorecida.
- Nomenclatura
- Es un sistema para clasificar productos de acuerdo con criterios definidos, con determinados detalles y en cierto orden, asociando a cada grupo de productos una cifra que deben utilizar todas las partes que adopten la nomenclatura.
- Nomenclatura derivada
- Nomenclatura alternativa usada para presentar información a través de un cuadro de concordancia entre la nomenclatura nativa y la derivada.
- Nomenclatura nativa
- Nomenclatura inicialmente usada por un país para declarar información. En WITS, la información puede ser convertida en otra nomenclatura disponible (derivada).
- Norma de origen
- Véase Normas de origen.
- Normas de origen
- Reglamentos de acuerdo a los cuales se determina el país de origen de un producto en el comercio internacional. Un país debe cumplir estas normas para ser considerado como país de origen de los productos a fin de obtener el trato NMF o el trato preferencial.
- O
- Obstáculos técnicos al comercio
- Término que se refiere al hecho de impedir que se adopten reglamentos técnicos o normas, tales como procedimientos de prueba, requisitos de etiquetado, requisitos de embalaje, normas de comercialización, requisitos de certificación, requisitos de las marcas de origen, reglamentos de salud y seguridad, y reglamentos sanitarios y fitosanitarios.
- OMC
- Organización Mundial del Comercio.
- ONA
- Véase Obstáculos no arancelarios.
- Obstáculos no arancelarios (ONA)
- Frase genérica que describe las barreras al comercio internacional no consistentes en aranceles, por ejemplo: cuotas, licencias o limitaciones voluntarias de las exportaciones.
- P
- País declarante
- Véase Declarante.
- Países menos adelantados (PMA)
- Países que cumplen ciertos criterios establecidos por las Naciones Unidas que en conjunto implican un muy bajo nivel de desarrollo económico. Hasta 2002, Naciones Unidas había clasificado a 49 países en el grupo de los PMA. El término se utiliza en el Acuerdo sobre Subvenciones de la OMC, en que se otorga a los PMA un trato diferenciado. En los mercados de algunos países, los PMA reciben un trato preferencial, más favorable que el otorgado en el marco del SGP (en general un trato de franquicia arancelaria no sujeto a ninguna limitación).
- Pararancel
- Cargos aplicados a las importaciones que actúan como un arancel pero que no se incluyen en la lista arancelaria del país. Algunos ejemplos son: el impuesto de estadística, el impuesto de timbre, etc.
- Partida
- Subcategoría de segundo nivel (código de 4 dígitos) usada en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA).
- Periodo de implementación
- Véase Etapas de reducción.
- PMA
- Véase Países menos adelantados.
- Por ítem
- En WITS, término que se refiere a una modalidad de selección de productos en que las categorías de productos se pueden seleccionar individualmente.
- Precio de intervención
- Véase Sistema de precios máximos/mínimos.
- Precio de referencia
- Véase Sistema de precios máximos/mínimos.
- Preferencia o trato preferencial
- En el marco de la OMC, este término entraña una derogación, en el sentido de permitir un trato más favorable, del principio del trato de nación más favorecida (NMF). Véase también Sistema Generalizado de Preferencias y Trato especial y diferenciado.
- Preferencias tipo Armington
- Los productos se diferencian (sustitutos imperfectos) por país de exportación. Este supuesto se usa en el modelo SMART incluido en WITS para evitar una solución radical.
- Principio de precaución
- Política en virtud de la cual la aplicación de medidas es motivada por la posibilidad de que el uso de ciertas tecnologías (por ejemplo: biotecnologías, organismos modificados genéticamente y plaguicidas) pueda resultar nocivo para la salud y la seguridad humana o animal o para el medio ambiente, aunque no exista certeza de tal efecto.
- Procedimiento de solicitud de ofertas
- Procedimiento de negociación basado en la presentación, por cada parte, de una lista de concesiones solicitada por otras partes, seguida por una lista de ofertas de las concesiones que podrían otorgarse si se accediera a lo solicitado.
- Productos heterogéneos
- Productos que no son sustitutos perfectos (supuesto usado en el modelo SMART).
- Productos homogéneos
- Productos que son sustitutos perfectos.
- Productos terminados
- Es la tercera etapa de procesamiento en el indicador de la progresividad arancelaria. Los productos terminados son productos procesados que pueden venderse a los consumidores sin que sean objeto de procesamiento adicional.
- Programa de reintegro de derechos
- Un programa de reintegro de derechos (que suele ser complejo desde el punto de vista administrativo) es una modalidad de ajuste fiscal en frontera en virtud de la cual los derechos o impuestos con que se gravan los bienes importados se devuelven, total o parcialmente, cuando los bienes se reexportan. La idea consiste en reducir la carga sobre los exportadores y, al mismo tiempo, mantener derechos arancelarios con fines fiscales o de protección.
- Progresividad (de aranceles aduaneros)
- Véase Progresividad arancelaria.
- Progresividad arancelaria
- Tiene lugar cuando el arancel se incrementa a medida que aumenta el nivel de procesamiento del producto. La progresividad es un factor disuasivo de la importación de variedades más procesadas del producto (disuade la realización de actividades de procesamiento en el exterior) y ofrece a los procesadores nacionales niveles positivos de protección efectiva. Por ejemplo, la aplicación de derechos bajos a los tomates, derechos más altos a la pasta de tomate y derechos aún más elevados al catchup (salsa de tomate).
- Protección administrada
- Véase Protección contingente.
- Protección contingente
- Obstáculos al comercio que se imponen si se dan ciertas circunstancias (contingencias). Algunos ejemplos son los derechos antidumping o los derechos compensatorios (se aplican para compensar las subvenciones), y las salvaguardias. Recibe también el nombre de protección administrada.
- Protocolo de adhesión
- Documento jurídico en que constan las condiciones en que un país se adhiere a un acuerdo u organismo internacional, así como las obligaciones correspondientes.
- R
- RC
- Véase Restricción cuantitativa.
- Reexportación
- Consiste en la exportación de bienes importados sin un valor agregado apreciable. Se usa principalmente cuando se trata de bienes que se transportan a través de un tercer país antes de llegar a su destino final.
- Región
- En WITS, se refiere a un grupo de países que se usa ya sea para producir estadísticas agregadas o como un método rápido para seleccionar a todos los países pertenecientes a ese grupo.
- Reglamentación técnica
- Requisito o norma obligatoria en que se especifican las características que debe cumplir un producto importado. En general está destinado a proteger la salud o la seguridad del público. Véase Obstáculos técnicos al comercio.
- Reglamento fitosanitario
- Relativo a la salud de las plantas. Véase Medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF).
- Reglamentación combinada
-
Término utilizado para describir dos clases de prácticas:
- Reglamentación que especifica la proporción del contenido producido a nivel doméstico de productos ofrecidos para la venta en el mercado interno.
- Reglamentación que especifica, para toda importación de un determinado producto, la cantidad de un producto similar producido a nivel doméstico que debe adquirir el importador.
- Requisitos sobre contenido local (o nacional)
- Véase Contenido.
- Restricciones cuantitativas (RC)
- Restricciones que limitan la cantidad o el valor de productos que se pueden importar o exportar durante un periodo determinado.
- Restricción cuantitativa o cuota
-
Medida orientada a limitar la cantidad de un producto importado (o exportado). Las restricciones cuantitativas comprenden las cuotas, el régimen de licencias no automáticas, las limitaciones voluntarias de las exportaciones y las prohibiciones o los embargos.
- Cuota global: especifica el volumen o el valor total del producto que se importará (exportará), sin considerar el país o los países de origen (o de destino) del producto.
- Cuota bilateral: se aplica a las importaciones de un país específico (o a las exportaciones a dicho país).
- Cuota por países: no solo especifica el volumen o valor total del producto que se importará (exportará), sino que también establece la distribución de ese comercio entre los diversos países de origen (o de destino).
- Represalias
- Adopción por parte de uno o varios países de obstáculos al comercio como respuesta al incremento de las restricciones al comercio que impone otro o varios otros países.
- Ronda
- En el contexto de la OMC, es una negociación comercial multilateral. Ha habido ocho rondas: Ginebra (1947), Annecy (1949), Torquay (1950-51), Ginebra (1955-56), Dillon (1960-61), Kennedy (1963-67), Tokio (1973-79) y Uruguay (1986-1994). A fines de 2001, se inició en Doha, Qatar, la novena ronda de negociaciones.
- Ronda de Doha
- La ronda actual (novena) de negociaciones de la OMC.
- Rubro básico
- Subcategoría de quinto nivel y más detallada (código de 5 dígitos) usada en la nomenclatura de la CUCI.
- S
- SA
- Véase Sistema Armonizado.
- Salvaguardia especial
- Una medida proteccionista que puede ser activada automáticamente por una caída de los precios o un aumento de las importaciones, en virtud del Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC.
- Sección
- Subcategoría de primer nivel (código de 1 dígito) usada en la nomenclatura de la CUCI.
- SGP
- Véase Sistema Generalizado de Preferencias.
- Segundo mejor argumento (en favor de la protección)
- Todo argumento favorable a la protección que pueda contrarrestarse mediante una política menos costosa que lograría el mismo resultado deseado. El término se refiere también a los argumentos en favor de una protección tendiente a corregir parcialmente una distorsión de la economía cuando no se dispone de una política óptima para lograrlo. Si, por ejemplo, la producción nacional da lugar a una externalidad positiva y no es posible aplicar una subvención a la producción para internalizarla, un arancel puede ser una solución subóptima.
- Sistema armonizado (SA)
- “Sistema Armonizado de Descripción y Codificación de Mercancías”. Nomenclatura preparada por la Organización Mundial de Aduanas para los aranceles aduaneros y las estadísticas del comercio internacional a fin de organizar los productos en categorías jerárquicas.
- Sistema de Análisis e Información Comercial (TRAINS) de la UNCTAD
- Base de datos de nivel de líneas arancelarias basada en el Sistema Armonizado (SA) que contiene información sobre aranceles y medidas paraarancelarias y no arancelarias, así como flujos de importación por origen para más de 140 países.
- Sistema de precios máximos (mínimos) (para las importaciones)
- Precios máximos (mínimos) decretados para las importaciones por las autoridades del país importador. Si las importaciones superan los precios máximos, no pueden entrar en el mercado nacional. Cuando los precios efectivos de las importaciones son inferiores a los precios mínimos decretados, se activa la aplicación de medidas de protección, como la imposición de derechos de aduana adicionales o de una restricción cuantitativa. En los diferentes países y sectores se usan términos distintos para designar estos precios, como precios básicos de importación, precios mínimos de importación, precios de referencia y precios de intervención.
- Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)
- Sistema en virtud del cual los países desarrollados conceden acceso preferencial a sus mercados a los países en desarrollo. Recibe también el nombre de Sistema Generalizado de Preferencias Comerciales.
- SMART
- Modelo de equilibrio parcial incorporado en WITS, que permite a los usuarios estimar el impacto de las reducciones arancelarias en los flujos del comercio, los ingresos fiscales generados por los aranceles, y los excedentes del consumidor para un mercado específico en un determinado periodo.
- Subgrupo
- Subcategoría de cuarto nivel (código de 4 dígitos) usada en la nomenclatura de la CUCI.
- Subvención
- Asistencia otorgada por el Gobierno a la producción, manufactura o exportación de determinados bienes, y toma la forma ya sea de pagos directos, tales como donaciones o préstamos (Véase también Regalos) o de medidas que tengan un efecto equivalente, tales como garantías, servicios de apoyo u operaciones o instalaciones, e incentivos fiscales.
- Subpartida
- Subcategoría de tercer nivel y más detallada (código de 6 dígitos) usada en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA).
- T
- Tasa de protección efectiva
- Un indicador de la protección que brinda una restricción a la importación, calculada como porcentaje del valor agregado del producto en cuestión. Para determinarla se tienen en cuenta la protección al producto y los efectos de la protección en el aumento de los costos de los insumos.
- Tasa de protección nominal
- La proporción en que el precio interno (incluido el arancel) de un producto importado supera el precio en frontera o mundial. Véase también Tasa de protección efectiva.
- Todos los asociados
- Acceso directo que se usa en WITS para seleccionar a todos los asociados comerciales. Cuando se selecciona “Todos los asociados”, WITS proporciona una fila de información para todos y cada uno de ellos.
- TRAINS
- Véase Sistema de Análisis e Información Comercial de la UNCTAD.
- Trato diferenciado y más favorable
- Véase Trato especial y diferenciado y Cláusula de habilitación.
- Trato especial y diferenciado
- Principio de la OMC conforme al cual deben concederse a los países en desarrollo privilegios especiales, ya sea eximiéndolos del cumplimiento de algunas reglas de la OMC u otorgándoles un trato preferencial en la aplicación de dichas reglas.
- Trato nacional
- Principio según el cual los productos, servicios y personas (inversionistas) extranjeros, una vez que han ingresado en el país y cumplido las formalidades requeridas, reciben el mismo trato que los productos, servicios y personas nacionales. En particular, ellos enfrentan los mismos impuestos internos y no son objeto de restricciones adicionales.
- U
- UNCTAD
- Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.
- Unidad de cantidad
- El volumen de las importaciones se registra en el archivo estadístico. La unidad usada para expresar los volúmenes de las importaciones varía según el producto y el declarante, por lo cual la unidad de cantidad utilizada se adjunta a datos cuantitativos provenientes de las estadísticas de las importaciones. La unidad de cantidad se utiliza también en el código normalizado para derechos específicos.
- Unión aduanera
- Grupo de países que constituyen un territorio aduanero único en que: 1) se han eliminado los aranceles y otros obstáculos aduaneros aplicados a una proporción sustancial de la totalidad del comercio entre los países que lo componen para productos originados en esos países, y 2) existe una política de comercio exterior común (arancel exterior común) que se aplica a los países que no sean miembros de la unión aduanera.
- UNSD
- División de Estadística de las Naciones Unidas.
- V
- Valor CIF
- Véase Costo, seguro y flete.
- Valor consolidado
- Véase Consolidación arancelaria.
- Valor consolidado corriente
- Valor corriente del arancel consolidado para un determinado año. Las concesiones ofrecidas en negociaciones del GATT a veces se escalonan a lo largo de varios años antes de que se apliquen las concesiones. Hasta entonces puede haber un valor consolidado corriente (usado como tope máximo del arancel NMF aplicado) superior al valor consolidado final (compromiso final).
- Valor consolidado final
- El valor del arancel consolidado al final del periodo de aplicación. Las concesiones ofrecidas en negociaciones del GATT a veces se escalonan a lo largo de varios años antes de que se apliquen las concesiones. Hasta entonces puede haber un valor consolidado corriente (usado como tope máximo del arancel NMF aplicado) superior al valor consolidado final (compromiso final).
- Valor FOB
- Véase Franco a bordo.
- Valoración en aduana
- Determinación, con arreglo a criterios claramente definidos, del valor de los productos a los efectos de aplicar derechos de aduana ad valorem sobre su importación.
- Ventaja comparativa revelada (VCR)
- Cociente de la relación entre la participación de un producto en las exportaciones de un país y la participación de ese mismo producto en las exportaciones mundiales dividida por la participación en las exportaciones de manufacturas del país en las exportaciones de manufacturas mundiales. El índice correspondiente del país i para el producto j es VCRij = 100(Xij)/Xwj)/(Xit/Xwt), en que Xab es la exportación del país a (w = mundo) del producto b (t=total de todos los productos). Un valor del índice mayor (menor) a 1 se interpreta como una ventaja (desventaja) comparativa del producto.
- W
- WITS (Solución Comercial Integrada Mundial)
- Programa informático y sus bases de datos desarrollados por la UNCTAD y el Banco Mundial para hacer posible el análisis de las condiciones de acceso a los mercados y el impacto de la liberalización realizada por un país y por los países asociados.
- Z
- Zona de comercio exterior
- Área de un país en que pueden almacenarse o procesarse productos importados sin que estén sujetos a derechos de importación. Se denomina también “zona franca”, “puerto franco” o "depósito aduanero." Véase también Zona de procesamiento de exportaciones.
- Zona de libre comercio
- Grupo de países en que se eliminan los aranceles u otros obstáculos a una parte sustancial del intercambio comercial existente entre los países miembros. Cada país miembro mantiene su propia política de comercio exterior con respecto a los países que no son miembros del grupo. La zona de libre comercio recibe también el nombre de acuerdo o mecanismo de libre comercio. Es una noción contrapuesta a la de unión aduanera.
- Zona de procesamiento de exportaciones (ZPE)
- Un área o región designada en que las empresas pueden realizar importaciones exentas de derechos en la medida en que los productos importados se usen como insumos para la producción de exportaciones. Las ZEP tradicionales son espacios industriales cercados que se especializan en la producción manufacturera para las exportaciones. Las más modernas están sujetas a normas flexibles que permiten la realización de ventas en el país en que se encuentran, condicionadas al pago de derechos cuando los productos abandonan la zona. Las ZPE generalmente proporcionan también un entorno regulatorio liberal para las empresas involucradas así como para los servicios de infraestructura.